Los drones, innovación del sector desde el aire IV

Si después de todo lo visto en la anterior publicación seguimos con la idea de adquirir uno de estas aeronaves, será necesario obtener la licencia de piloto de dron.

Al entrar en la página web de  la Agencia de Seguridad Aérea y consultar el marco jurídico que regula esta nueva actividad, observamos que esta normativa es “temporal”,  y que está en pleno proceso de desarrollo. Esto puede ser la causa de determinadas indeterminaciones de la Ley.

Después de indagar sobre las incertidumbres que la normativa nos ha generado, te presentamos un resumen que esperamos resuelva tus dudas.

SER PILOTO DE DRON

Los requisitos básicos son tener más de 18 años y estar en posesión de un certificado médico especial para el pilotaje de drones.

Además es necesario realizar un examen que certifique la nuestra aptitud en el manejo de estas aeronaves. La oferta  formativa  es cada vez más amplia y variada, y se puede encontrar sin dificultad cursos presenciales, muchos de ellos intensivos, que nos permitirán adquirir los conocimientos necesarios para aprobar esta prueba.

En algunas de estas escuelas de pilotaje sólo se realiza la formación teórica (unas 60 horas) y en otras también la formación práctica (unas 10  o 20 horas), con la posibilidad de realizarlas con tu propia aeronave y mando de control, o el uso, previo alquiler, de un dispositivo de la ATO.

Como punto destacable, si no se dispone de una aeronave, se puede obtener sólo la licencia “teórica”, ya que cada tipo de dron tiene asociada su propia licencia. Podemos entenderlo más fácilmente si hacemos un símil con el carnet de conducir, donde la licencia está condicionada al tipo de vehículo.

Posteriormente,  al adquirir un modelo determinado, las empresas fabricantes de drones pueden realizar tutoriales y pruebas objetivas con la finalidad de acreditar nuestra competencia en el pilotaje del modelo que hemos adquirido.

dron construcción topografía

Esta es una ambigüedad de la Ley, ya que por un lado, habilita sólo a unos determinados centros de formación y por otro permite que las empresas fabricantes de drones certifiquen la aptitud en el pilotaje del dron.

Después de consultar en algunas de estas empresas de hemos comprobado que el precio para obtener la licencia es muy variable, ya que depende de múltiples factores: la oferta de ATOs, la realización o no de prácticas y la disponibilidad de aeronave propia.

SER EMPRESA OPERADORA DE DRONES

Por otro lado, si lo que pretendemos es habilitar a nuestra empresa como operador de RPAS, el procedimiento varía en función del tipo de aeronave.

Si nuestro RPAS pesa menos de 25 kg, solo es necesario presentar a la AESA una comunicación previa y declaración responsable con una antelación mínima de 5 días.

Por el contrario, si la aeronave pesa más de 25 kg, los requisitos son más exigentes, siendo necesario realizar un estudio de seguridad del vuelo, y el cumplimiento de diversa normativa, que incluye tener suscrito un seguro de responsabilidad civil de vehículos aéreos.

VOLAR

Y con todo esto, que no es poco, ya podríamos pilotar nuestro propio dron y acceder a todo un mundo de posibilidades. Como hemos visto, es conveniente que previamente hayamos hecho un estudio comparativo de la gran oferta de modelos y tecnología en función de nuestras necesidades y así obtener de una vez nuestra licencia.

* Leer los post anteriores: Los drones, innovación del sector desde el aire  I, II y III.

 

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